Para que un
estudiante extranjero pueda ingresar
a la Universidad de la República a cursar una carrera de grado
tiene que cumplir acumulativamente lo siguiente:
El estudiante debe
tener revalidados los estudios secundarios cursados.
Debe encontrarse
además en alguna de las siguientes situaciones:
- Ser uruguayo o haber tenido que salir del Uruguay
en virtud de la
situación política del país hasta el
establecimiento democrático.
- Haber tenido que interrumpir sus estudios en el
país de origen
por razones de persecución política, ideológica,
gremial, religiosa o racial.
- Estar comprendido en el párrafo segundo
del
artículo
2º de la Ordenanza sobre revalidación de títulos y
certificados de estudios que es la que establece que: "podrán
cursar estudios en la Universidad de la República sin necesidad
de reválida los funcionarios diplomáticos y consulares
acreditados en la República, los funcionarios de Estados
extranjeros que cumplan en la República misiones o servicios
reconocidos por las autoridades respectivas, los funcionarios de
organismos internacionales de que forme parte la República o que
ésta acepte o reconozca, y los cónyuges, hijos o
dependientes de dichas personas”.
- Comprobar una residencia en el Uruguay no
inferior a tres
años.
- Haberse trasladado al Uruguay como consecuencia
necesaria de la
instalación en el país del núcleo familiar directo
que integraba el solicitante.
El Consejo Directivo
Central de la Universidad puede, por voto de la
mayoría absoluta de sus componentes, admitir excepcionalmente el
ingreso de estudiantes no comprendidos en las excepciones mencionadas.
IMPORTANTE:
en todos los casos no
podrán inscribirse hasta no estar resuelto su expediente por el
C.D.C., existiendo inscripción CONDICIONAL únicamente
para el Régimen de Cortesía Diplomática.
|